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Ya
está abierto el período para las nominaciones a los premios citados para el año
2005, creados por la ACADEMIA VENEZOLANA DE GASTRONOMÍA y que se otorgarán a finales
de este año, de acuerdo al reglamento que se copia en esta página, así como las
personas que integran los respectivos jurados. Cualquier persona o entidad puede
remitir sus postulaciones en sobre cerrado dirigido a: Academia Venezolana de
Gastronomía. Hotel Tamanaco. Caracas. Reglamento
del Premio TENEDOR DE ORO R e g l a m e n
t o ARTICULO I En
cumplimiento del mandato asignado en sus estatutos de "promover la gastronomía
en su sentido más amplio", la Academia Venezolana de Gastronomía crea el premio
anual Tenedor de Oro, que se regirá por este reglamento. ARTICULO
II Objetivo general del premio
Exaltar anualmente ante la opinión pública aquellas personas naturales o jurídicas
que se hayan distinguido en la calidad, la excelencia y la innovación en la producción,
la conservación, la elaboración y la presentación de alimentos y bebidas, el gusto
por la calidad y el placer de comer, a fin de estimular las creaciones gastronómicas
y los valores de la gastronomía en su sentido más amplio. ARTICULO
III Categorías El premio Tenedor de Oro comprende:
" El Gran Premio Tenedor de Oro "
" El Premio Tenedor de Oro al Chef del Año
" Cuatro Menciones Tenedor de Oro ARTICULO
IV Duración, periodicidad y demás características
del premio Los jurados del premio se reunirán durante el tercer trimestre
de cada año, para decidir el otorgamiento del Gran Premio Tenedor de Oro y el
Premio Tenedor de Oro al Chef del Año, y posteriormente comunicar ese dictamen
al Consejo Directivo, por intermedio de su Presidente, antes del 30 de septiembre
del año en curso. El Consejo Directivo de la Academia otorgará los galardones,
en ceremonia pública y solemne en el mismo trimestre. Cualquiera de los premios
puede ser declarado desierto por el jurado correspondiente. Todos los dictámenes,
una vez emitidos por el Consejo Directivo de la Academia, son inapelables. Los
premios constan de un diploma de la Academia Venezolana de Gastronomía, con la
designación del respectivo premio, con la fecha indicativa del año, además del
texto y las firmas del Presidente y el Secretario. ARTICULO
V Aspirantes, sometimiento de candidaturas,
plazos Podrá ser candidato a los diferentes premios Tenedor de Oro,
toda persona natural o jurídica que se haya destacado en Venezuela, con particular
talento en las artes, profesiones, oficios, e industrias y en la apreciación del
comer y el beber, tales como chefs, cocineros profesionales, restaurantes, productores,
empresarios, artesanos, comerciantes o importadores del ramo de alimentos y bebidas,
enólogos y sumilleres, educadores, investigadores, experimentadores, divulgadores
y editores, nutricionistas, contralores de calidad en alimentos o cualquier otra
persona o actividad afín. Las candidaturas serán presentadas por conducto de la
presidencia de la Academia. Los postulantes
podrán ser: a)
Miembros de la propia Academia. b)
Instituciones análogas sin fines de lucro. c)
Responsables de publicaciones, medios, páginas, columnas o programas nacionales
relacionados con la gastronomía. d)
Personas notoriamente vinculadas a la gastronomía. Todas
las candidaturas deberán ser presentadas al inicio del segundo semestre del año
para su remisión a los jurados correspondientes. El Presidente las enviará a su
vez a los respectivos jurados, previa información al Consejo Directivo.
ARTICULO VI Composición
de los jurados Actuarán tres jurados independientes, uno para cada
una de las tres categorías de premios previstas en el Artículo III. Cada uno de
los jurados del Gran Premio Tenedor de Oro y del Premio Tenedor de Oro al Chef
del Año se compone de cinco miembros: dos representantes del Consejo Directivo
de la Academia, seleccionados por el mismo, dos personas ajenas al Consejo, del
mayor relieve y pertinencia, invitados por el Presidente de la Academia (previa
consulta al Consejo Directivo), además del Presidente, quien los preside. El Jurado
de las cuatro Menciones de la Academia Venezolana de Gastronomía es el propio
Consejo Directivo de la Academia, que tomará su decisión en sesión especialmente
convocada para tal efecto. Las deliberaciones de cada jurado serán secretas y
la decisión se tomará por mayoría absoluta. ARTICULO
VII Capacidad de consulta externa de los jurados
Cuando la formulación del respectivo dictamen lo hiciere necesario, los jurados
pueden, con la discreción del caso y la aprobación previa del Consejo Directivo,
realizar visitas o degustaciones, solicitar experticias de laboratorios especializados
o requerir asesoramientos externos. ARTICULO VIII Cualquier punto no previsto,
o cambios en el presente reglamento serán resueltos y aprobados por el Consejo
Directivo de la Academia en sesión especialmente convocada para tal efecto.
JURADOS PARA EL AÑO 2.005:
GRAN PREMIO Tenedor de Oro:
Presidente:
Ben Ami Fihman Integrantes: Rafael Arraiz
Lucca Nury Gómez de Sucre Germán Carrera Damas Luis Troconis Vezga
Premio Tenedor de Oro al Chef del Año:
Presidente: Ben
Ami Fihman Integrantes: Miguel Henrique
Otero Alvaro Benavides Luis Penzini Jorge Redmond
A.S
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